PROTECCIÓN Y CONSERVACIÓN DEL PANTANAL BOLIVIANO




El Pantanal Boliviano - SITIO RAMSAR

El reconocimiento internacional de la importancia de los humedales determinó que varias zonas del Pantanal Sudamericano formen parte de la lista de regiones de importancia mundial establecidas por la Convención RAMSAR (Tratado Intergubernamental para la conservación de los humedales y uso sabio de los recursos naturales). Estos humedales requieren de acciones nacionales y de la cooperación internacional con el objetivo de cubrir todos los aspectos de la conservación y protección de regiones donde el factor primario es el agua, que controla el ambiente, la vida asociada y donde se realizan funciones vitales (interacciones físicas, químicas y biológicas).

Un área del Pantanal Sudamericano en territorio boliviano, conocida como “El Pantanal”, de 3.889.888 ha (la de mayor superficie) fue incluída el año 2001 en la lista de humedales RAMSAR debido a la importancia de los ríos, lagos, pantanos, bosques inundables para la conservación de la cuenca del río Paraguay, es considerada como una región más rica en biodiversidad y mejor conservada que la región brasilera del Pantanal, con presencia asombrosa de numerosas especies vegetales, peces, aves y mamíferos grandes. El Sitio incluye también el Bosque Chiquitano, una de las mayores superficies de bosque seco del mundo (Descripción de Sitios Ramsar, 2003). También, dos áreas en territorio brasilero se encuentran en la lista RAMSAR, éstas son el “Pantanal Matogrossense (1993)” de 135.000 ha.y el “Pantanal de Poconé (2002)” de 87.000 ha; y recientemente, el área denominada la Laguna Chaco Lodge de 2.500 ha, en Paraguay, de 2.500 ha. fue designada como sitio RAMSAR.

La Convención RAMSAR (Irán, 02-02-91), establece “Los Humedales incluidos en la lista adquieren una categoría especial a nivel nacional y son reconocidos a nivel internacional como de valor significativo no solamente para el país o los países en los cuales están situados, sino para la humanidad en su totalidad” (Art. 2.1 de la Convención Ramsar), y compromete a Bolivia como país firmante a realizar acciones de conservación y uso racional del humedal a través de una gama de acciones y de procesos que contribuyen al bienestar humano, establecimiento de políticas y planes de humedales, revisando y armonizando el marco legal y los instrumentos financieros que los afectan, asegurando la participación pública en la gerencia, mantenimiento de valores culturales de las comunidades locales y pueblos indígenas promoviendo la comunicación, educación y conciencia pública (Plan Estratégico Ramsar 2003-2008).

Protección del Pantanal

El Estado boliviano estableció la importancia del Pantanal a partir del estudio del Plan de Uso del Suelo del departamento de Santa Cruz (PLUS), que el año 1995 en base al análisis de las características fisiográficas, geológicas, climáticas, edáficas y vegetación priorizó tres áreas para la protección del Pantanal boliviano, las mismas que adquirieron categoría de Reservas de Inmovilización (categoría transitoria de manejo de áreas protegidas que establece que luego de una evaluación preliminar ameritan constituirse en unidades bajo protección, pero que sin embargo requieren mayores estudios para su categorización y zonificación definitivas). Actualmente tres de estas áreas tienen cierto grado de protección legal, dos han sido incorporadas al Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SNAP) el 31 de Julio de 1997, son, el Área Natural de Manejo Integrado San Matías (ANMI San Matías) y el Parque Nacional y Área Natural de Manejo Integrado Otuquis (PN-ANMI Otuquis) y parte de la tercera es Área Protegida del Municipio de Roboré, denominada Reserva Municipal de Tucavaca.

La consolidación de estas Áreas Protegidas se encuentra enmarcada en la Ley del Medio Ambiente (1992) que establece el deber del Estado de proteger y conservar la flora y fauna silvestre, recursos genéticos, ecosistemas naturales, cuencas hidrográficas y valores de interés científico, estético, histórico, económico y social con la finalidad de conservar y preservar el patrimonio natural y cultural del país. Si bien hay algunos avances en acciones concretas de conservación, estos son aún limitados, las Áreas Protegidas tienen Director y guardaparques, ninguna cuenta con Comité de Gestión, existen Planes de Manejo recientemente elaborados pero aún no aprobados, las instancias de gobiernos anteriores han otorgado concesiones para la exploración y explotación minera y petrolera, han planificado megaproyectos sin controlar las actividades de deforestación, fabricación de carbón vegetal, establecimiento de estancias ganaderas, haciendo caso omiso a los Decretos Supremos de creación.

Con la consolidación de estas Áreas Protegidas se protegerán ecosistemas frágiles y representativos, pero la conservación efectiva del Pantanal Boliviano depende de acciones que mantengan el equilibrio hidrológico y las funciones ecológicas de la región, lo que hace indispensable la protección de las subcuencas y quebradas que periódicamente drenan sus aguas hacia el río principal, a través de una gestión adecuada de los recursos naturales dentro del ámbito territorial de la cuenca del río Paraguay.

 

El Área Natural de Manejo Integrado San Matías (ANMI San Matías), ubicado entre 16°36’ – 18°36’ de Latitud Sur y 57°26’ – 59°40’ de Longitud Oeste bajo administración del Servicio Nacional de Áreas Protegidas, adquiere una categoría que permite un manejo sostenible de los recursos naturales en el Área Protegida bajo ciertas condiciones normativas y técnicas.  




 

El ANMI San Matías de 2.918.500 ha de extensión, pretende proteger y conservar parte del Pantanal que se encuentran en el Escudo Precámbrico y la zona de transición a la Llanura Chaqueña; tiene una superficie de Pantanal profundo y extensas áreas estacionalmente inundables, en su interior se encuentran las grandes lagunas fronterizas a lo largo del río Curichi Grande (Uberaba, La Gaiba, Mandioré) que constituyen impresionantes bellezas escénicas importantes para la distribución de la vegetación y fauna. Los bosques secos chiquitanos y el cerrado cubren una extensión mayor (más del 50%) que la llanura inundable propiamente dicha. Estos cubren las serranías sobre sustrato precámbrico y bordean el sur y oeste del área protegida, llegando a alturas de hasta 1.210 m. La complejidad geológica de estas serranías podría redundar en una diversidad biológica aún desconocida (Consorcio Prime Engenharia et al. 2000).

A los valores ecológicos, ambientales y paisajísticos se suman valores etnológicos y culturales por la presencia de unas 6.000 personas al interior del área repartidas en 17 comunidades, la mayoría de origen Chiquitano y Ayoreo, pueblos con reclamos territoriales al interior del Área Protegida.



El Parque Nacional y Área de Manejo Integrado Otuquis (PN-ANMI Otuquis), bajo administración del Servicio nacional de Áreas Protegidas se encuentra en el Sudeste del departamento de Santa Cruz. El Área está dividida en dos sectores, el más grande al sur involucra los municipios de Puerto Suárez y Charagua, y una zona más pequeña llamada Río Pimiento al norte de la ciudad de Puerto Suárez, involucra al municipio de Puerto Quijarro e incorpora la mayor parte de la laguna Cáceres.




El Área Protegida Pantanal de Otuquis ubicado entre 58°00’ – 59°30’ de Longitud Oeste y 19°00’ –20°00 de Latitud Sur, de una superficie total de 1.005.950 ha. incluye una porción mayor en la categoría de Parque Nacional (de protección estricta) con 903.350 ha. y una menor de Área Natural de Manejo Integrado, con 102.600 ha. Presenta una amplia superficie de pantanal profundo, donde se han evidenciado considerables concentraciones de aves y mamíferos de gran tamaño. El área inundable cubre cerca de 44% del área protegida. También es característica la presencia de importantes extensiones de palmares de caranday (Copernicia australis), islotes de bosques en suelos mal drenados, y al oeste la presencia de una gran extensión de bosques secos de tipo Abavoy que no se encuentran protegidos en ninguna otra área (Consorcio Prime Engenharia et al. 2000). El bloque río Pimiento es de suma importancia para la regulación de aguas del sistema Tamengo. En el Área existe escasa población por las limitaciones impuestas por las fuertes inundaciones estacionales, los únicos pobladores permanentes son los soldados (4 a 8 efectivos) del puesto militar fronterizo flotante en Puerto Busch.
 


Otras Áreas Protegidas, El PLUS de Santa Cruz, también estableció como Reservas de Inmovilización la serranía de Santiago, parte de la serranía de Sunsas y la cuenca alta del río Tucavaca. La serranía de Sunsas fue incorporada al ANMI San Matías, y el año 2000, el municipio de Roboré declaró como Reserva Municipal de Tucavaca a la porción (262.305 ha) que le correspondía de la Reserva de Inmovilización. Esta Reserva cuenta a partir del 2001, con un Plan de Manejo (Robison, et al., 2002) y el área se encuentra en plena gestión. Con esta medida queda bajo protección la mayor parte de la cuenca alta de los ríos Tucavaca y Aguas Calientes, sin embargo, la parte de la Reserva de Inmovilización que correspondía al Municipio El Cármen no tiene ninguna categoría de conservación.

 

   

 

 







Imprimir
FOBOMADE
Foro Boliviano sobre Medio Ambiente y Desarrollo
fobomade@fobomade.org.bo
www.fobomade.org.bo