TRANSGENICOS EN BOLIVIA ¿POLITICA DE ESTADO O PRESION DE LA MONSANTO?


En fecha 12 de agosto fue publicada la Resolución Administrativa OO3/004, que autoriza “la realización del Tercer ensayo de campo, en condiciones de confinamiento de variedades de Soya RR y ensayos de control de malezas en Santa Cruz, en las propiedades “Estrella del Oriente” y“Los Tamarindos”, en la provincia Ñuflo de Chavez y en la Propiedad “Okinawa 1”, en la Provincia Warnes”. La aprobación fue realizada por el Comité de Bioseguridad mediante Dictamen Técnico No 009/003 de fecha 2 de febrero del 2004.

La publicación de esta Resolución Administrativa, 6 meses después de su aprobación sugiere que se estaría tratando de cubrir una omisión anterior premeditada para evitar la censura de la opinión pública, ya que la Resolución está firmada por autoridades de gobierno que ya no ejercen esos cargos, incluyendo a la anterior Directora de Biodiversidad, María Marconi, quien en reunión sostenida en marzo del 2003 con un grupo de instituciones y organizaciones de la sociedad civil se comprometió a no autorizar ninguna prueba con transgénicos hasta tanto no se consensue y compatibilice el estado de desorden, sobreposición y contradicciones entre las diferentes normas de bioseguridad en vigencia. Esta reunión fue realizada en su despacho a raíz de la aprobación de pruebas de campo en julio del 2002 por el gobierno saliente de Jorge Quiroga, cuya anulación fue demandada por las organizaciones presentes, obteniendo en respuesta el compromiso de la ex autoridad.

Junto con la mencionada resolución fue publicada la Solicitud de la Fundación de Desarrollo Agrícola de Santa Cruz-FUNDACRUZ, para la realización de una prueba de campo con semillas de soya RR genéticamente modificada, tolerante a glifosato, evento 40-3-2.

La aprobación de julio del 2002, la aprobación de Febrero del 2003 y la solicitud del 2004 de Fundacruz se refieren a la misma variedad de soya RR, Línea 40-3-2, (Gen CP4-EPSPS), solicitud inicialmente presentada por la empresa Monsanto.

Hace 4 años atrás, organizaciones campesinas lograron la aprobación del Decreto 25929 (6 octubre del 2000) por el cual: “Quedan suspendidas, durante el plazo de revisión establecido, todas las pruebas de campo con la producción de alimentos transgénicos, hasta la emisión del informe final en el que se establecerán las recomendaciones sobre las complementaciones a los reglamentos de acceso a recursos genéticos y bioseguridad”. (Art. 4). El Decreto 25929 creó una Comisión (Art 3.) conformada por varios viceministerios, la Confederación Sindical de Trabajadores Campesinos de Bolivia, la Confederación de Pueblos Indígenas del Oriente Boliviano, la Confederación de Colonizadores, el Sistema Universitario y LIDEMA para que participen en la elaboración, modificación y complementación de leyes y normas referidas a la biodiversidad, incluyendo acceso a recursos genéticos y bioseguridad. El artículo 2 además señala que “Las comisiones debidamente conformadas y acreditadas, se reunirán en un plazo no mayor a 60 días calendario, a objeto de revisar el Decreto 24676 “Reglamento de la Decisión 391 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena y el de Bioseguridad término enel cuál emitirán un informe con sus recomendaciones en el que se verá reflejada la posición de las partes”.

Durante el último mes del gobierno de Jorge Quiroga, funcionarios del Viceministerio de Recursos Naturales realizaron una interpretación del Decreto 25929 para forzar la reanudación de pruebas con transgénicos. De acuerdo a la misma, “la aplicación del D.S. 24676 fue suspendida durante el tiempo de revisión del mismo, establecido en 60 días”. “No habiéndose podido culminar” (en realidad ni empezar) dicha revisión, los Reglamentos de Acceso a Recursos Genéticos y de Bioseguridad se encontrarían vigentes. Además porque “el D.S. 24676 no determina en ninguno de sus artículos la derogación total o parcial de los Reglamentos mencionados, pudiéndose dar curso a las autorizaciones para la continuidad o restitución de los ensayos o pruebas de campo con semillas transgénicas de Soya tolerante a glifosato, solicitados por la Empresa Monsanto en febrero del 2002.” (Resolución Administrativa VMARNDF No 23/02, julio 18 del 2002).

Sin embargo, el Decreto 25929 señala “quedan suspendidas, durante el plazo de revisión establecido, todas las pruebas de campo……hasta la emisión del informe final en el que se establecerán las recomendaciones sobre las complementaciones a los reglamentos de acceso a recursos genéticos y bioseguridad”. Como el mencionado informe final jamás fue emitido, la lógica establece que las pruebas deben seguir suspendidas, en virtud de que no se resolvió el problema por el cuál las organizaciones sociales demandaron dicha suspensión, es decir que no se corrigieron los aspectos cuestionados de los reglamentos, destacando la exclusión de los sectores involucrados en la toma de decisiones.

Además, el 11 de noviembre del 2000, en reunión de la Comisiones de Trabajo para dar seguimiento a los acuerdos firmados por el gobierno y las organizaciones sociales, realizada en la sede del CIDOB, se estableció el acuerdo No 16: “El gobierno se compromete a suspender los experimentos de campo con la producción de alimentos transgénicos en tanto no se establezca una reglamentación consensuada”.

Gracias a la interpretación del gobierno se viabilizó el Dictamen (Informe Técnico) 009/003 del Comité de Bioseguridad, parte de cuyo contenido fue publicado en La Razón el 12 de agosto, en la Resolución Administrativa del Viceministerio de Medio Ambiente 002/004, 6 meses más tarde de ser emitida y cuando el tema se encuentra a cargo de nuevas autoridades.

Por otra parte la solicitud de la fundación privada FUNDACRUZ referida a la misma variedad presentada por la Empresa Monsanto, refleja más bien un cambio de estrategia, por la cuál esta vez quien la presenta sería una organización de productores, aunque FUNDACRUZ difícilmente puede denominarse como tal. Formalmente se trata de una entidad privada sin fines de lucro creada hace 5 años en convenio con una entidad similar del Brasil: la Fundación de Apoio a Pesquisa Agropecuaria de Mato Grosso, con el objetivo de introducir líneas y variedades de soya provenientes de este país. Tiene entre sus socios a empresas semilleras que operan en Santa Cruz, tales como, Semillas Santa Clara, Semillas Cordillera, Monica Semillas, Agrosem, Semillas Monte Verde Norte, Bolsemillas, Semillero La Libertad y algunos productores de semillas. En virtud de la participación porcentual de sus asociados, Fundacruz responde a intereses privados concretos ligados a importadores de semillas. En el video de presentación institucional señala entre sus proyecciones para el 2004 la agilización para la liberación legal del evento 40-3-2 de soya transgénica, para lo cuál ha presentado su solicitud al Viceministerio de Recursos Naturales y Medio Ambiente y presiona su aprobación. Con la publicación de su solicitud las autoridades avanzan en el cumplimiento del procedimiento, aunque resta una segunda publicación. A la fecha el Director de Biodiversidad, debe decidir si recomienda su aprobación a la Autoridad Competente o requiere mayores elementos. La solicitud de Fundacruz tendría el objetivo de realizar “pruebas de campo” a una escala mayor (1/2 a 1 ha) para realizar una evaluación económica de la variedad transgénica (posibles beneficios económicos). La evaluación económica es parte de cualquier evaluación de riesgos y está establecida en el Reglamento de Bioseguridad (Art 29), pero este aspecto esencial fue omitido en anteriores aprobaciones. Es decir, que además de tener que recursos para la evaluación de riesgos de las semillas transgénicas que pretende introducir la Empresa Monsanto, estas ni siquiera son evaluadas en sus supuestas ventajas económicas con las que se pretende justificar los riesgos. Por esto Fundacruz propone una cuarta evaluación de la semilla transgénica de Monsanto, en un experimento que de ninguna manera se ajusta a un procedimiento de investigación, sino como la misma solicitud indica, se trataría de una parcela demostrativa.

En noviembre del 2004 el Comité de Bioseguridad aprobó la solicitud para realizar pruebas de campo con semilla transgénica presentada por la Asociación Nacional de Productores de Soya ANAPO. Esta solicitud difiere de las anteriores por la magnitud del ensayo: 4 parcelas de 5 has cada una, lo que generará una cantidad entre 40 a 60 toneladas de grano, según el presidente de esa organización: Rolando Zabala. Solo un par de días antes de que se apruebe la solicitud, el Programa Nacional de Semillas, institución descentralizada que se ha convertido en la principal promotora de semillas transgénicas en el país denunció la siembra ilegal con soya transgénica en una parcela de 400 has. Al respecto, Rolando Zabala dijo que esa soya era “legítima” aunque ilegal. Es claro que la verdadera intención de ANAPO y del Programa Nacional de Semillas es generalizar la siembra ilegal para posteriormente presionar a las autoridades la legalización del cultivo transgénico, de la misma manera que lo hicieron en Brasil y Paraguay. Esto debido a que hasta el momento no han logrado la autorización para la comercialización irrestricta.

Hasta ahora, las aprobaciones de pruebas con semillas transgénicas han sido dirigidas por los criterios de los representantes del Programa de Semillas, una entidad descentralizada del Ministerio de Agricultura, cuyo órgano asesor está conformado por los Comités Regionales de Semillas, con participación paritaria del sector privado (importadores de agroquímicos, Proinpa). El Programa de Semillas fue creado y es financiado por la Secretaría del Programa PL-480 de USAID y ha recibido el premio “El Buen Sembrador” el 25 de junio del 2004 otorgado por Fundacruz. Los representantes del Programa de Semillas (Oficinas o Comités Regionales) normalmente participan en un número de dos o más, a pesar de que tienen una sola representación, delegada por el Ministerio de Agricultura, han evaluado, aprobado y firmado todos los dictámenes técnicos (resoluciones del Comité de Bioseguridad) y están encargados del monitoreo de las pruebas de campo.

La liberalización de transgénicos y específicamente de soya, cuyo primer paso es la autorización de pruebas de campo, constituye una decisión trascendental no sólo para la agricultura soyera de Santa Cruz, que podría perder mercados emergentes para el país y competitividad si la soya boliviana es identificada como transgénica, sino para todos los habitantes de Bolivia quienes consumen este producto o alguno de sus derivados de amplio uso industrial. Productos como el aceite y la lecitina de soya llegan a todo el país, ya que como ejemplo, la lecitina de soya, se utiliza en panificación y confitería, para que los ingredientes no se separen, contribuyendo a la textura del producto, en coberturas de chocolate y productos farmacéuticos, en usos medicinales y dietéticos por su contenido fosfórico y ausencia de grasas saturadas, en margarinas, como agente antisalpicante y estabilizador, en levaduras y alcoholes, como antiespumante y como estabilizante en emulsiones como salsas y otros productos como leche en polvo, aditivos para la leche, etc. La fuente primaria de la lecitina como ingrediente comercial es el proceso de fabricación de aceite de soya. La lecitina tiene funciones esenciales en las células animales, de las cuales forma parte. Las industrias nacionales (IOL-“Aceite Rico”) producen lecitina de soya para el mercado nacional así como para exportación a partir de la soya producida en Santa Cruz. Las principales fábricas de alimentos del país utilizan de manera creciente el producto nacional, así como también las industrias de productos ecológicos.

CONCLUSIONES

Desde 1998 a diciembre del 2003 a la fecha se han emitido los dictámenes técnicos 1 al 9, que aprueban pruebas con transgénicos, el último a pesar de la prohibición expresa del Decreto Supremo 26476.

Las decisiones tomadas han sido realizadas en base a interpretaciones legalesforzadas. Los procedimientos, de acuerdo al Reglamento de Bioseguridad, cuya aplicación está en discusión por la vigencia del Decreto Supremo 25929, tampoco están siendo cumplidos. El Registro Público no funciona desde 1999 y no se publican las solicitudes y dictámenes oportunamente, en algunos casos nunca fueron publicados.

Fundacruz había anunciado la siembra de soya transgénica para el 2004 en un video institucional. Ahora ANAPO dice que el país ya ingresó a la era e los transgénicos.

El objetivo de ANAPO es sembrar parcelas demostrativas para que los agricultores observen un cultivo con menos malezas, como producto de aplicaciones repetidas de glifosato, que ellos no verán. En realidad no hay intención de evaluar las ventajas económicas de la utilización de soya transgénica, ya que para ello tendrían que efectuar un análisis estadístico y de variabilidad, sin lo cuál ningún resultado es válido.

- En realidad se trata de una competencia por mercados. Brasil tiene dos grandes zonas productoras de transgénicos, una en el sud, en la frontera con Argentina, donde el 70% es soya transgénica y la otra en Matto Grosso. Los mercados de ambas regiones son diferentes, ya que los compradores Matto Grosso buscan soya no transgénica. Actualmente los otros países productores en Sudamérica son Argentina (3º a nivel mundial), Paraguay (4º) y Uruguay, quienes siembran soya transgénica. La única posible competencia para la soya no transgénica brasilera es la de Bolivia. Fundacruz reúne a los productores brasileros semilleristas de Santa Cruz, vinculados a una Fundacion de Matto Grosso que trabaja con semilla de soya convencional ¿por qué tendría que probar soya transgénica en Bolivia con fines de comercialización? La conclusión parece obvia, para eliminar la posibilidad de que la soya boliviana pueda competir con la soya no transgénica proveniente de la región de Matto Grosso.

- La decisión de aprobar la solicitud de ANAPO convalida los errores y omisiones procedimentales realizadas por la anterior Directora de Biodiversidad, quien además pasó por alto compromisos asumidos y refrendados por normas legales para la revisión del Reglamento de Bioseguridad, cuya ejecución era condición para el análisis de nuevas aprobaciones de pruebas de campo.

- Para que los resultados de la investigación científica tengan un mínimo nivel de confiabilidad, esta debe estar a cargo de instituciones que no tengan fuertes intereses económicos asociados, como los de los comercializadores de semillas. Si losagricultores no utilizan semillas transgénicas de manera ilegal, es entre otros aspectos porqueno están convencidos de que les reportarán ventajas. Por ello, la decisión cobra especial importancia, más allá de una aprobación a una empresa o una sociedad, ya que pasa al terreno de una decisión de Política de Estado, en este caso agrícola.

- La Ley del Diálogo 2235, que crea el Mecanismo de Control Social, en su artículo 25 faculta y reconoce el derecho de las organizaciones de la sociedad civil a ser informadas, a dar seguimiento, supervisar y evaluar las políticas públicas y los procesos de toma de decisiones. En cumplimiento a esta ley, es hora de que las organizaciones de la sociedad civil tomen parte de una decisión que puede afectar profundamente no solo la competitividad del primer producto de exportación del país, sino aspectos esenciales de salud pública.

 
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