Publicado el 2012-02-03

Modificación de la Ley Corta es constitucionalmente inviable

SENA-Fobomade

Quienes promueven cambios en la Ley 180 instigan públicamente a la violación del Art. 403 de la Constitución que norma la integralidad del Territorio Indígena y Parque Nacional Isiboro Sécure.

La modificación de la Ley 180, denominada Ley Corta, no sólo es políticamente incorrecto, sino también constitucionalmente inviable, según el jurista y presidente del Foro Boliviano sobre Medio Ambiente y Desarrollo (FOBOMADE), Dr. Raúl Otero Lugones.

Es políticamente incorrecto, explicó porque la demanda de modificación emerge de “una contra marcha alentada por el gobierno que no tiene legitimidad social, y que no hace más que mostrar el carácter ofensivo y desafiante de los productores de coca, recordando los tiempos de los bloqueos del Chapare donde la comercialización ilícita desafiaba al comercio legal”.

El presidente del FOBOMADE lamentó que los portavoces de la contra marcha aparezcan en declaraciones públicas “vestidos a la usanza  campesina   de las  tierras  altas,  hablando  de los originarios y  exigiendo que  el camino   de penetración  entre por medio   del  TIPNIS”.

Aseguró que tanto la dirigencia del CONISUR como los voceros de gobierno que los secundan en sus demandas, “están instigando públicamente   a  la violación  del  Art.   403  que norma  la  integralidad  del   territorio     indígena   originario   campesino,   que  incluye   el   derecho   a  la   tierra,   al  uso  y   aprovechamiento exclusivo   de los  recursos naturales  renovables; a la consulta previa e  informada   y   a la participación en  los beneficios por  la   explotación de los  recursos no   renovables  que  se encuentren en  sus  territorios”.

Según Otero Lugones, es constitucionalmente inviable modificar la denominada Ley Corta, porque al hacerlo se “incurrirá en violación de los Artículos 32, 9 Numeral 6, 13 P. IV y, 30 numerales 10 y 15 y en el delito de traición a la patria tipificado por el Artículo 124 Numeral 2, así como del régimen constitucional de recursos naturales y otras figuras del Código Penal sobre asociación ilícita, amenazas, conspiración y otros”.

Además de esas transgresiones, el jurista aseguró que “poner en riesgo la vida y supervivencia de las etnias asentadas en territorio del TIPNIS, abre la competencia para la persecución penal de todos aquellos que intervengan en alguna forma en el desplazamiento o destrucción de tales etnias y su hábitat por el Tribunal Penal Internacional”.

En su opinión, la contramarcha protagonizada por cocaleros y colonizadores “busca escamotear las resultados de la VIII Marcha del TIPNIS opuesta a la violación del parque Isiboro-Secure, punto crucial en la protección de la Amazonia amenazada por las grandes transnacionales y los intereses expansionistas del Brasil, que de satélite privilegiado pretende asumir rol hegemónico en el continente sudamericano”.

Lamentó la actitud “obsecuente de los actuales administradores públicos del país que se están poniendo al servicio de los intereses del Brasil, mostrando ignorancia en el manejo de la cosa pública y de las relaciones internacionales”.


Imprimir
| More

Insertar comentarios

Insertar nuevo comentario

Insertar un comentario

Para insertar un nuevo comentario debe registrarse

Ingresar

¿Todavía no está registrado? Regístrese

Alianza para el consumo responsable Amazonía sin petróleo Bolivia no se quiema En defensa de los pueblos indígenas aislados


Eres el visitante Nro